OBLIGACIONES DEL USUARIO

Obligaciones del usuario

Obligaciones del usuario

En las áreas servidas, los servicios de provisión de agua potable y recolección de efluentes serán de uso obligatorio y su pago será exigible para todos los Usuarios que se encuentren en condiciones de recibirlos, el OCM fijará los procedimientos para su habilitación y las condiciones y plazos en los cuales será exigible la conexión a las redes habilitadas.

Los Usuarios de tales servicios además, deberán:

  • Ejecutar a su cargo, en tiempo oportuno, las instalaciones domiciliarias internas de agua y desagües, manteniéndolas desobturadas, limpias y en buen estado.
  • Pagar la conexión domiciliaria y los servicios con arreglo a las disposiciones del régimen tarifario así como el costo proporcional de la red domiciliaria de agua o desagües cloacales cuando así lo disponga la normativa aplicable.
  • Notificar al Concesionario cualquier desperfecto que observare en las instalaciones a su cargo.
  • Descargar residuos industriales o tóxicos a la red cloacal, solo en caso de estar debidamente tratados de acuerdo a las condiciones que normativamente se establezcan. Previamente deberá recurrir al respectivo Concesionario a fin de someter el tratamiento a su aprobación.
  • Permitir la inspección de las instalaciones por parte del Concesionario y del OCM. En caso de negarse injustificadamente el Usuario a prestar colaboración, y siempre que se determinara la posibilidad de la existencia de un peligro inminente para la salud de la población o presumiera un perjuicio grave para el sistema, el Concesionario será facultado por el OCM a efectuar el corte de servicio.
  • Cuando la gravedad e inminencia del problema no admitiera dilaciones el Concesionario procederá sin la previa autorización del OCM , informándole circunstancialmente en forma inmediata la medida preventiva adoptada.
  • Los Usuarios titulares de inmuebles edificados deben conectarse obligatoriamente a la red de agua potable o cloacas domiciliaria a su disposición, quedando obligados a anular pozos de agua o ciegos que existieran dentro de su propiedad, en las condiciones y plazos que determine el OCM, salvo que solicitara autorización para mantener los pozos y que aquella la concediera, luego de evaluar la posibilidad de que afecte el medio ambiente o las condiciones de higiene y salubridad de la población, en cuyo caso podrá denegarla.
  • Los Usuarios no deben descargar los desagües pluviales originados en su propiedad a la red de colectores cloacales, quedando facultado el Concesionario a efectuar el corte del servicio previa notificación al OCM cuando detectare tal irregularidad, sin perjuicio de aplicar las multas previstas en el régimen sancionatorio incluido en el Reglamento del Servicio que formará parte del Contrato de Concesión.

Una vez subsanado el problema, el Concesionario debe restituir el servicio dentro del término que se establezca en el citado Reglamento.

Recuerde que el uso de los tanques de reserva y llaves de paso internas es obligatorio.
El uso de bombas de extracción directa de la red está prohibido (Ord. Munic. 48/78)